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Requisito de la buena fe Segunda Oportunidad

¿Qué significa el requisito de la buena fe?

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El procedimiento de segunda oportunidad, está orientado al deudor, quien va a tratar de obtener el denominado BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) pudiendo comenzar desde cero en cuanto a su ámbito financiero y dejando limpia su situación.

Pero para poder acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad es necesario el cumplimiento de los requisitos previstos en la ley, así como el ejercicio de una conducta basada en la buena fe del deudor.

Es por ello que dada la importancia que juega la buena fe en este tipo de procedimientos, conviene exponer en que consiste la misma;

Si comenzamos por definir en que consiste la buena fe, podemos definirla como aquel estándar de conducta ética que debe presidir el ejercicio de los derechos subjetivos y los procedimientos judiciales, conducentes a la obtención de un beneficio sobre la persona del deudor. Es por ello, que, a pesar de tratar de darle siempre una especial protección a la figura de los acreedores, la realidad es que serán estos quienes vean perjudicados su crédito desde el momento que se le concede la exoneración del pasivo insatisfecho al concursado.

La buena fe del mediado o del concursado en este tipo de procedimientos, será la herramienta clave para obtener la exoneración de la que venimos hablando, pues aquellos requisitos legalmente establecidos, orbitan alrededor de este tipo de conducta.

Algunos de los requisitos legalmente previstos son:

  • Deudor persona física
  • No ser objeto de un concurso culpable
  • No haber sido condenado en los últimos 10 años por algún delito socioeconómico, patrimonial o laboral.

 

Como podemos apreciar, el segundo de los requisitos, es un requisito muy abierto, orientado a cumplir con la buena fe del deudor durante toda la vida del procedimiento mediante una colaboración continua con la administración concursal, evitar ocultar el patrimonio del deudor, no incurrir en un alzamiento de bienes …

En definitiva y para finalizar, volver a repetir la gran ventaja y el enorme cambio que puede experimentar el deudor con el presente procedimiento, pues como veníamos diciendo basta con el cumplimiento de los requisitos legalmente previstos para la obtención del mismo, así como mostrar una conducta acorde a los principios de buena fe.

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