Hoy comentamos el caso de un matrimonio que acudió a nuestro despacho en busca de asesoramiento legal para la exoneración de sus deudas.
Se trataba de un empleado que prestaba servicios por cuenta ajena como transportista y de una farmacéutica contratada a tiempo parcial, los cuales tenían a cargo a dos hijos menores de edad.
El matrimonio, cuando acudió a nuestro despacho se encontraba en estado de insolvencia provocada por su sobreendeudamiento. Tras una larga baja por incapacidad temporal de uno de los cónyuges y el despido del otro de su anterior empleo, el matrimonio atravesó serias dificultades económicas, habiendo recurrido a la contratación de préstamos personales y, posteriormente, de créditos rápidos, cuyas cuotas empezaron a acumularse sin que el matrimonio pudiera afrontar sus obligaciones de pago.
Las deudas del matrimonio ascendían a 66.000 € adeudados a diferentes entidades financieras y de crédito tanto en concepto de principal impagado como de intereses generados.
El matrimonio solo era titular de un vehículo valorado en 1.500 €.
La suma de sus salarios apenas alcanzaba los 1600 € mensuales que resultaban insuficientes para abonar la renta de alquiler de la vivienda en la que residían, 800 € mensuales, y sus necesidades básicas de alimentos, suministros, material escolar, vestimenta, etc.
Una vez analizado el caso se tramitó un expediente extrajudicial de pagos ante notario, en el que se hizo contar la existencia de un pasivo de 66.000 € y de un activo de 1.5000 €.
No habiendo aceptado el cargo ninguno de los dos mediadores concursales designados, fue presentada solicitud de concurso consecutivo, procedimiento en el que resultó vendido por el administrador concursal el vehículo propiedad del matrimonio, único bien de la pareja.
Llegado el momento procesal oportuno, fue solicitada la exoneración del pasivo insatisfecho por cumplirse todos los requisitos legales para ello, dictándose finalmente por el Juzgado Auto exonerado al matrimonio definitivamente del total de sus deudas, alcanzando a todo el pasivo, es decir, a los 66.000 € al que ascendían sus deudas.