La mayor parte de nuestros clientes, cuando contactan con nosotros para informarse acerca del procedimiento de segunda oportunidad, desconocen dicho procedimiento, causándoles cierta desconfianza el simple hecho poder liberarse de la mayor parte de su pasivo, o del total del mismo según para que casos.
Es por ello, que venimos a exponeros un caso real, donde uno de nuestros clientes, acudió a nosotros para tratar de dar un giro a su situación financiera, pues el mismo, venía arrastrando una cantidad insostenible de créditos, a los que no podía hacer frente con su salario.
Nuestro cliente, aunque se encontraba trabajando por cuenta ajena, se vio envuelto en un sinfín de créditos de cuantías no muy elevadas, pero que con el paso del tiempo ascendieron las mismas a casi el doble dada la situación de impago prolongada en el tiempo.
Este señor, acabó solicitando microcréditos, para cumplir con las cuotas de sus créditos anteriores, algo que, aunque a priori parece aliviar su situación, en realidad lo único que se consigue, es empeorar la misma, pudiendo en algunos casos complicar un procedimiento de estas características a futuro.
Junto con los créditos anteriormente comentado, existía un crédito de hacienda, fruto de una herencia de hacía 15 años y a que aun le venía reclamando la administración.
Finalmente, conseguimos que se le concediera el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) para aquellos créditos que tenía con las distintas entidades de crédito, y con respecto al crédito de AEAT, un fraccionamiento en el pago del mismo, de tal forma que pudiera afrontar una cuota mensual acorde con sus ingresos, pues los créditos de derecho público no son susceptibles de exoneración.
Con todo lo anteriormente comentado, queremos poner de manifiesto la necesidad de acudir a un procedimiento como estos con anterioridad, pues, aunque finalmente pudimos lograr la concesión del BEPI, el hecho de agravar o provocar la situación de insolvencia, puede traernos consecuencias tales como la calificación del concurso como culpable, no pudiendo optar, por ende, a la concesión del BEPI.