En estas breves líneas, os venimos a exponer el reciente fallo, donde se le concede a uno de nuestros clientes la concesión del Beneficio de la Exoneración del Pasivo insatisfecho provisional, con unos resultados formidables.
Cuando el nuestro cliente apareció por nuestras oficinas, la tristeza del mismo se podía palpar en el ambiente, pues el simple hecho de deber dinero tanto a entidades financieras como a particulares, era algo que le quitaba el sueño.
Nuestro representado, ha sido siempre y es un empresario honrado, quien llevaba años luchando para sacar a flote su compañía, pues dado al sector al que venía enfocando su actividad profesional, unido a las adversidades económicas sufridas estos últimos años, complicaba exponencialmente esta tarea, abocada finalmente al cierre de la mercantil.
Como la mayor parte de los pequeños comerciantes que intentan emprender con la apertura de una nueva actividad económica, él veía vinculados la mayor parte de sus créditos a su titularidad, algo que empezó a sobrepasarle una vez que sus acreedores trataban de cobrar estas cantidades.
El cliente tenía un pasivo de más de 200.000€ en los que se incluía un crédito hipotecario. Además, el mismo no quería perder su vivienda, pues la misma había sido la vivienda familiar desde hacía muchísimos años, y que tuvo que rehipotecar para poder emprender su proyecto.
Finalmente, dado que el valor de la vivienda estaba muy por debajo de las cantidades debidas a la entidad de crédito, solicitamos sacar la vivienda del plan de liquidación.
Hoy, el caso que exponemos, se encuentra trabajando por cuenta ajena, libre de todo tipo de deudas, salvo la hipoteca, quien sigue abonando a la entidad titular de la misma las cuotas mensuales que en su caso correspondan.